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Estructura y Funcionamiento
INTRODUCCIÓN
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo es un
organismo binacional con sede en Montevideo (República
Oriental del Uruguay) constituido por representantes de
Argentina y Uruguay, como surge de la Parte Segunda del
Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, firmado el
19 de noviembre de 1973, que entró en vigor el 12 de febrero
de 1974.
En el artículo 80 de dicho Tratado se indica: “Las
Partes constituyen una Comisión Técnica Mixta compuesta de
igual número de delegados por cada Parte, que tendrá por
cometido la realización de estudios y la adopción y
coordinación de planes y medidas relativas a la
conservación, preservación y racional explotación del medio
marino de la zona de interés común...”.
Esta zona, con la denominación de Zona Común de
Pesca está comprendida en el Frente Marítimo considerado en
la Parte Segunda del Tratado. Se sitúa frente a la
desembocadura del Río de la Plata a partir de su límite
exterior, constituido por la línea recta imaginaria que une
Punta del Este (República Oriental del Uruguay) con Punta
Rasa de Cabo San Antonio (República Argentina). Dicha zona
es la determinada por dos arcos de circunferencia de 200
millas marinas de radio, cuyos centros de trazado están
ubicados en los dos puntos geográficos mencionados, quedando
excluidas las franjas de doce millas de mar territorial
medidas desde las respectivas líneas de base costeras de los
dos Estados (Argentina Ley 23968 del 14 de agosto de 1991 de
Espacios Marítimos; Uruguay Ley 17033 del 20 de noviembre de
1998).
El límite lateral marítimo y el de la plataforma
continental entre los dos países está definido en el
artículo 70 del Tratado.
INICIACIÓN DE LAS REUNIONES DE LA COMISIÓN
El Estatuto de la Comisión fue acordado mediante
canje de notas reversales en julio de 1974.
El Acta de Instalación de la Comisión y su primera
Reunión Plenaria se realizaron en la Cancillería de la
República Oriental del Uruguay, el 16 de agosto de 1976.
En agosto de 1977 la Comisión aprobó su Reglamento
Interno y celebró el Acuerdo de Sede con el Gobierno
uruguayo.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN
En el Tratado están mencionadas todas las funciones
que competen a la Comisión (Art. 82).
Dichas funciones, además de otras que le asignen
expresamente las Partes, son las siguientes:
·
Fijar volúmenes de captura por especie y distribuirlos entre
las Partes, asi como ajustarlos periódicamente.
·
Promover la realización conjunta de estudios e
investigaciones de carácter científico, particularmente
dentro de la zona de interés común, con especial referencia
a la evaluación, conservación y preservación de los recursos
vivos y su racional explotación y a la prevención y
eliminación de la contaminación.
·
Formular recomendaciones y presentar proyectos tendientes a
asegurar el mantenimiento del valor y equilibrio en los
sistemas bioecológicos.
·
Establecer normas y medidas relativas a la explotación
racional de las especies en la zona de interés común y a la
prevención y eliminación de la contaminación.
·
Estructurar planes de conservación, preservación y
desarrollo de los recursos vivos en la zona de interés
común, que serán sometidos a la consideración de los
respectivos Gobiernos.
·
Promover estudios y presentar proyectos sobre armonización
de legislaciones de las Partes respectivas, a las materias
que son objeto del cometido de la Comisión.
·
Trasmitir, en forma expedita a las Partes, las
comunicaciones, consultas e informaciones que las mismas se
intercambien de acuerdo con lo dispuesto en la Parte Segunda
del Tratado.
ORGANIZACIÓN
La Comisión realiza sesiones plenarias las que pueden ser
ordinarias y extraordinarias. Cada país representado por una
delegación de cinco miembros ejerciendo uno de ellos la
función de Presidente. Cada delegación tiene un voto y se
requiere el voto conforme de las dos delegaciones para la
adopción de las decisiones de la Comisión.
En el transcurso de las mencionadas sesiones se someten a
consideración los asuntos que han sido tratados previamente
por las distintas Subcomisiones formadas por delegados de
las Partes y asesores.
Desde la Primera Reunión Ordinaria de la Comisión hasta
diciembre 2006 inclusive, se han efectuado 257 sesiones plenarias
ordinarias y cinco extraordinarias. |